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  • Imagen corporativa y licencia de apertura gratis para emprendedores valencianos

    servicios para emprendedores
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    Los emprendedores desempleados de la Comunidad de Valencia están de enhorabuena, se acaban de publicar las ayudas de la Generalitat para el 2011, que llegan hasta más de 10.000 euros a fondo perdido para poder emprender y tener ese empujón económico incial.

    Resumo las condiciones a continuación.

    Subvenciones de fomento del empleo dirigido a emprendedores para el año 2011 en la Comunitat Valenciana

    Orden 54/2010, de 22 de diciembre de 2010 (DOCV 03-01-2011) de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo

    REQUISITOS:

    1. Estar incrito en el SERVEF como demandante de empleo.

    2. Haber iniciado la actividad en el 2011 o último trimestre de 2010 en personas con discapacidad.

    3. No haber sido trabajador autónomo en los seis meses anteriores al inicio de esta actividad.

    SUBVENCIONES:

    a) Subvención

    1. 5.000 € para desempleados en general

    2. 6.000 € para desempleados menores de 30 años

    3. 7.000 € para mujeres desempleadas

    4. 8.000 € para desempleados con discapacidad

    5. 10.000 € para mujeres desempleadas con discapacidad

    6. En el supuesto de mujeres víctima de violencia de género, las cantidades de los puntos 3 y 5 se incrementarán en un 10%

    7. Las cuantías de los puntos 1 a 6 se incrementarán en 600 € sí se cumple alguna de estas condiciones:

    • Que el desempleo se haya producido por el procedimiento de regulación de empleo especificado en el ar. 51 del estatuto de los trabajadores de los sectores cerámica, construcción o muebles.

    • Que la actividad a desarrollar esté vinculada a energías renobables, medio ambiente, nuevas tecnologías, investigación o desarrollo y atención de personas dependientes.

    Se deberán acreditar unos gastos mínimos de 5.000 euros, excluidos impuestos, se admiten facturas del último trimestre de 2010.

    Se admiten gastos de publicidad lo que es muy bueno porque cubre los gastos de diseño de nuestra imagen corporativa, es decir tarjetas de visita, material de papelería, logotipo, etc. Así como también de publicidad o la página web

    También cubre gastos de honorarios que tengan consideración de gastos de primer establecimiento, por lo que la documentación para solicitar la Comunicación Ambiental necesaria para la licencia de apertura te sale gratis, ponte en contacto conmigo ya que este es mi trabajo, por e-mail a delineant-oscar@yahoo.com o llámame al 654728774

    b) Subvención financiera para la reducción de intereses de préstamos dedicados a financiar las inversiones para constituirse como trabajador autónomo o por cuenta propia.

    3) Ayuda a la primera contratación

    4) Subvención para la formación

    OBLIGACIONES:

    • Hay que mantener la actividad laboral durante 3 años, de lo contrario hay que devolver la subvención.

    • En el caso de primera contratación, no se puede despedir al trabajador en 2 años.

    • En el plazo de dos meses a la concesión de la ayuda se deberá aportar cuadro de amortización o certificado del banco.

    INCOMPATIBILIDADES:

    • Incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad recibida de cualquier administración pública en los últimos 3 años.

    • La percepción de la ayuda por contratación será incompatible con cualquier otra no consistente en bonificaciones de la seguridad social.

    • Quedan excluidas de esta ayuda las sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles, sociedades laborales, miembros de comunidades de bienes y autónomos colaboradores.

    MÁS INFORMACIÓN:

    DOCV nº 6.430 del 3 de enero de 2011

    Ayudas por el establecimiento como trabajador por cuenta propia

    Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo

    Dirección Territorial de Empleo

    Av. Barón de Cárcer nº 36

    963867458

    Servicios a emprendedores:

    • Identidad Corporativa

    • Logotipo

    • Página web

    • Proyectos de actividad

    • Proyectos de reforma

    Contacta con delineant-oscar@yahoo.com o llama a 654728774

  • Europa declara ilegal el canon digital por aplicarse indiscriminadamente

    «La aplicación del ‘canon por copia privada’ a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión»

    Así sentencia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la ilegalidad del canon vigente en España que desde el 2007 grava indiscriminadamente soportes y dispositivos sin tener en cuenta si tienen alguna relación con la copia privada.

    Muchos soportes sobre los que se aplica este canon, como CD, DVD, memorias USB y discos duros externos, son utilizados para almacenar información que no está sujeta a derechos de autor. La SGAE ingresó durante el pasado año 90 millones de euros por este concepto.

    El comunicado del tribunal comunitario explica que «cabe aplicar el canon a dichos soportes cuando éstos puedan ser utilizados por personas físicas para su uso privado». Esto significa que sólo procede cobrarlo a soportes que vayan a ser utilizados exclusivamente para uso privado.

    «Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición, es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de reproducción. Así pues, la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados«, afirma el Tribunal en un párrafo que será muy discutido.

    Previsiblemente, el estado español se enfrentará ahora a una avalancha de demandas por parte de las empresas que quieren recuperar el dinero que han estado pagando injustamente.

    Así lo cuentan algunos medios:

    Vía: bandaancha.eu